El Ayuntamiento de Málaga tiene la obligación del mantenimiento y conservación de los parques y jardines públicos de acuerdo a lo establecido en la la ley 7/1985, de 2 de Abril, Reguladora de Bases del Régimen Local, en su artículo 25.1, atribuye a los municipios la prestación de los servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad vecinal, señalando en el artículo 25.2.b las competencias en materia de protección del Medio ambiente urbano, y en parti
Ente: Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Málaga
Paese: ES
Descrizione
['Espacios ajardinados y arbolado viario en los distritos municipales: Bailén Miraflores (Distrito nº4), Cruz de Humilladero (Distrito nº6) y Teatinos-Universidad (Distrito nº11). Incluidos las zonas verdes de los Colegios de Educación (Infantil, Primaria y Permanente) y edificios oficiales municipales ubicados dentro de los distritos nº4, 6 y 11.']
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